Buenas tardes, me alegra la creación de este Foro, creo que siempre es bueno ayudarse entre todos.
Mi duda es sobre la RG del asunto, Trabajo Registrado en Línea, para los empleadores. No comprendo cual es el procedimiento a seguir, es decir, si esto se efectúa solo en caso de ser inspeccionado o si es una nueva tarea a incorporar en la rutina habitual y si es obligatorio.
Agradezco su colaboración.
Saludos.