Hola, es mi primer día en el foro.
Yo también tengo una duda sobre un Monotributista Categoría H, odontologo que atiende en su único local a consumidores finales, si leo la Rg 3067 entiendo que quedaría excluido de facturar electronicamente pero como la Rg es del 2011 llame a AFIP y me comentaron lo contrario que solo si presta los servicios en el domicilio del cliente puede facturar manual pero si lo hace en su consultorio debe facturar electrónicamente y no tendría la exclusion.
Desde ya muchas gracias.